LEY 21.643 (LEY KARIN) · INVESTIGACIÓN DE DENUNCIAS DE ACOSO SEXUAL, ACOSO LABORAL Y VIOLENCIAL EN EL TRABAJO
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Implementamos el modelo de trabajo con su equipo y coordinamos la actuación conjunta.
Antes de iniciar el servicio, realizamos un taller con las personas que participarán en la gestión de las denuncias, destinado a implementar el modelo de trabajo y coordinar la actuación de ambos equipos.
Revisión de la denuncia, toma de declaraciones e informe conforme a los estándares legales.
Revisamos la denuncia, evaluamos la suficiencia de sus antecedentes e identificamos los aspectos que deban complementarse. Apoyamos la ejecución oportuna de las actuaciones de los primeros tres días y orientamos en la definición de las medidas de resguardo. Luego, el investigador asignado cita a los participantes y toma sus declaraciones. Finalmente, elabora el informe de investigación conforme a los estándares legales.
Expediente completo, organizado y en el formato exigido para su carga en la plataforma.
Entregamos el expediente completo, con toda la información requerida (informe de investigación y antecedentes correspondientes), organizado y preparado en el formato exigido para su carga en la plataforma de la Dirección del Trabajo.
Control de plazos, análisis del pronunciamiento de la DT y notificaciones a los participantes.
Monitoreamos el plazo de 30 días para el pronunciamiento de la Dirección del Trabajo. Analizamos su respuesta y orientamos los pasos a seguir. Notificamos a los participantes el resultado de la investigación..
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Cada investigación está a cargo de abogados especialistas en derecho laboral, con experiencia en litigación y en procedimientos ante la Dirección del Trabajo. Conozca al equipo que llevará adelante sus investigaciones.
Conozca nuestro equipo legal especializadoCapacite a sus investigadores, al equipo encargado del canal de denuncias o a sus trabajadores, ya sea en cumplimiento del protocolo de prevención o como medida recomendada en una investigación.
Visite nuestra página de capacitacionesUna investigación mal ejecutada expone a la empresa a reclamos ante los tribunales. Nuestro procedimiento está diseñado para entregar solidez y respaldo a la investigación ante una eventual revisión judicial.
Contar con un investigador externo y especialista en la Ley 21.643 aporta independencia, objetividad y una mirada especializada al proceso, fortaleciendo la confianza de las partes y la solidez de la investigación.
Las investigaciones internas involucran costos que no siempre son visibles, especialmente el tiempo y los recursos de Recursos Humanos. Externalizar libera capacidad interna y la destina a funciones estratégicas del área.
El taller de puesta en marcha incluye la implementación de nuestro modelo de confidencialidad en el equipo del Canal de denuncias de su empresa. El modelo tiene dos componentes:
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